Las semillas transgénicas, además de las reglamentaciones fitosanitarias, deben cumplir con la normativa de Organismos Vegetales Vivos Modificados (OVVM)
Requisitos de calidad (porcentaje
mínimo de germinación y pureza)
y denominación varietal, para
Semilla importada
Los productos importados de origen vegetal destinados al consumo animal (por ejemplo granos) deben cumplir también con la normativa de la División de Protección Pecuaria.
Los procedimientos que regulan la importación de productos de origen agrícola y forestal se encuentran detallados en la Resolución Nº 3.815 de 2003 , modificada por la Resolución Nº 2.781 de 2006 y N° 1.634 de 2016
Productos prohibidos de ingreso a Chile detallados en la resolución N°1.465 de 1981, modificada por la resolución N° 2.298 de 2005y la resolución N° 1.825 de 1994
Suspende autorizacion de ingreso de durmientes de madera y madera para durmiente simplemente aserrada , cualquier origen de resolucion N° 4600/2005.
Resolución N°3.080/2003 y sus modificaciones posteriores (Res N° 2.396/18; 4.425/19; 9.991/19; 3.419/20; 2.086/21) , que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile.
El Material de propagación debe cumplir con los requisitos fitosanitarios para su importación, ya sea para fines comerciales o de investigación
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